icon boletin

    Ya llegan las nuevas tarifas eléctricas en España, ¿o no?: así es cómo podrían afectar a tu factura de la luz

    Se supone que el 1 de abril de 2021, por fin, se completaría el cambio de tarifas de electricidad que llevaba muchos años discutiéndose.

     

    Y hablamos de que comenzó a tomar forma porque el cambio en el sistema tarifario engloba muchos más aspectos. Lo que la CNMC estableció en su momento sería el nuevo esquema para los peajes de transporte y distribución de electricidad, que son sólo una parte de los peajes que conocemos hoy en día, que verdaderamente contienen los propios peajes de transporte y distribución de electricidad y lo que se conoce como cargos.

    Esta diferenciación entre peajes y cargos fue introducida en la legislación nacional con la Ley del Sector Eléctrico, del año 2013, transponiendo lo recogido en una Directiva Europea del año 2009. Sí, han pasado más de 10 años.

    ¿Y qué significan estos nuevos peajes de transporte y distribución y los cargos frente al global de peajes que conocemos hoy en día? Muy sencillo, dentro de la amalgama de costes que contiene nuestra factura de electricidad, podemos establecer que:

    Los peajes de transporte y distribución de electricidad: Son un precio que repercute el coste de las actividades de transporte (desarrollada por Red Eléctrica de España) y distribución (desarrolladas por las tradicionales distribuidoras, cuya razón social y propietarios han ido variando y sus actividades separado, pero que todos conocemos como Iberdrola, Endesa, Fenosa, etc.) de electricidad.

    Los cargos: Que mayoritariamente cubren el coste de las primas a los antiguos esquemas de retribución a las renovables, cogeneración y residuos (no al de la última subasta convocada este mismo año), las anualidades del déficit de tarifa y parte de los extracostes de la actividad de producción en territorios no peninsulares y cuyo importe total es, aproximadamente, igual al que hay que recuperar para transporte y distribución.

    Ahora mismo todavía solamente tenemos un trozo del puzzle, podemos decir que cerca de la mitad, con la metodología para establecer los peajes de transporte y distribución. Y hablamos de la metodología, porque los valores de los mismos todavía no son definitivos. Aunque en su momento a la Circular de la CNMC le acompañó una Memoria con valores de esos peajes, éstos fueron calculados con unos escenarios de estimación de la demanda de energía eléctrica en una situación completamente distinta a esta en la que nos encontramos ahora. En una situación pre-COVID.

    Ya sabemos que la pandemia, y las restricciones a la actividad y movilidad que hemos vivido y estamos viviendo, ha afectado considerablemente a la actividad económica y a los hábitos de consumo y producción de hogares, empresas e industrias, reduciendo la cantidad total de energia demandada en el sistema español. Por tanto, en este escenario de menor demanda, un mismo coste que hay que repartir arrojará unos mayores precios globales, con permiso de que la distribución por tarifas pueda provocar puntualmente lo contrario en algunos segmentos. Estos nuevos precios de los peajes de transporte y distribución ya se encuentran publicados en una propuesta de Resolución de la CNMC, pendiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado una vez sean tenidas en consideración las alegaciones recibidas.

    Tampoco se sabe, por tanto, cómo va a influir el nuevo sistema en los precios finales de la electricidad. Hay dos circunstancias que influirían de forma muy importante en los valores de los cargos que el Gobierno tiene previsto establecer. Son:

    La propuesta del Fondo Nacional para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico (FNSSE), a través de la cuál parte de los costes que se deben financiar vía cargos se distribuirían progresivamente entre otros productos energéticos, como la gasolina o el gas.

    El Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica, del 7%, sobre el que se pronunciará la Justicia Europea presumiblemente a principios del mes de marzo. Los ingresos recaudados por este impuesto se utilizan para financiar los costes del sistema.

    En caso de que entrase en vigor el FNSSE y desapareciese el Impuesto del 7%, el efecto durante el primer año sería neutro (¿casualidad?). Es decir, lo que pudiesen bajar los cargos por el Fondo podría ser muy similar a lo que pudiesen subir debido a los menores ingresos si se eliminase el impuesto citado. Sin embargo, una situación en la que se tuviese que eliminar el impuesto de forma retroactiva sería catastrófica, ya que habría que devolver a los productores el valor de ese tributo a pasado, cuando realmente su influencia ya se habría trasladado al precio del mercado mayorista (y habría que ver de qué forma se podría regularizar ese beneficio extra)… Y es que, además, estamos muy cerca de volver a la senda del déficit (o directamente ya hemos vuelto, debido a la bajada de la demanda de electricidad) y probablemente veremos un aumento en la parte regulada de la factura.

    CÓMO QUEDARÍA MI FACTURA

    Con la información de la que disponemos, hemos estimado cuál podría ser el valor de los cargos teniendo en cuenta el descenso en la demanda de electricidad y con los coeficientes establecidos en la última propuesta de cargos, siguiendo la metodología esbozada por el Gobierno, así como otros conceptos variables, como las pérdidas de red, según lo establecido por Red Eléctrica. Todo ello sin contar con el posible nuevo mecanismo del Fondo de Sostenibilidad ni con la, a mi juicio, probable eliminación del impuesto a la generación del 7%.

    FUENTE: EL PERIODICO DE LA ENERGIA

     

    Noticias más leídas

    Nuestro Boletín

    Suscribirse en nuestro Boletín
    Terms and Conditions